Cualquier persona que pertenezca a un régimen de pensión puede acceder a su dinero acumulado en la Afore ISSSTE. En este caso, los pensionados podrán hacer el retiro de forma total o parcial. El monto a retirar en cualquiera de los dos casos dependerá del régimen de pensión al que pertenezca el beneficiario.
El Afore será el organismo encargado de aprobar la transacción, así que si te quedaste sin trabajo, necesitas este apoyo económico y eres beneficiario del ISSSTE, puedes hacer tu retiro en afore sin inconvenientes. Entérate de cómo y cuáles son los requisitos que necesitas.
¿Cuáles son los requisitos para retirar dinero de mi Afore Pensionissste?
Los requisitos que vas a necesitar para hacer tu retiro en Afore Pensionissste varían dependiendo del tipo de retiro que realizarás. A continuación, enlistamos los recaudos que debes consignar en cada caso:
Retiro total
- Debes estar registrado en Afore Pensionissste.
- Necesitas tener un expediente de identificación de trabajador emitido por la Afore actualizado.
- Debes poseer la concesión de pensión o la denegación del mismo, emitido por el ISSSTE.
Retiro parcial
- Presenta un estado de cuenta que certifique que no has hecho la solicitud en los últimos 5 años.
- Debes tener al menos un mes y medio sin empleo.
- Necesitas estar registrado en la Afore.
- Debes tener un expediente de identificación de trabajador emitido por la Afore actualizado.
¿Cómo puedo sacar dinero de Afore Pensionissste?
Igualmente, necesitas saber qué tipo de retiro realizarás para proceder con los pasos indicados a continuación. En cada caso, corresponde un proceso distinto:
Retiro total
- Pre-solicitud: Debes ingresar en la página web oficial de E-SAR y registrate en ella para obtener la clave única de servicio; Selecciona la sucursal del afore a la que irás a hacer la pre-solicitud y asiste a ella para proseguir; En el lugar, una auxiliar deberá atenderte y presentarte la Planilla de Solicitud de Disposición de Recursos.
- Llenar la planilla con los datos solicitados y firmarla para confirmar el trámite.
- Presentar el Régimen de Cuentas Individuales (concesión de pensión o la denegación del mismo, emitido por el ISSSTE) y el Régimen Décimo Transitoria que garantice que tiene 65 años.
- Entregar el documento de identificación oficial vigente, un documento que certifique que estás registrado en el sistema de Afore (estado de cuenta).
- Una vez la solicitud sea procesada, Afore aprobará el monto que haya sido otorgado de acuerdo al régimen de pensión al que pertenezcas.
- Si la respuesta es positiva, el amparo emitido por el ISSSTE se le otorgará basado en el régimen al que pertenezca. En caso contrario, Afore se encargará de entregar el total acumulado en la cuenta de la organización. Si recibes una respuesta negativa habiendo entregado el Régimen Décimo Transitorio los recursos se te concederán una vez tengas 65 años de edad.
Retiro parcial
- Pre-solicitud: Visitar la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE y pedir el certificado de desempleo; Ingresar al portal web del E-SAR y solicitar la clave única de servicio; Hacer la pre-solicitud a través de la web o de forma presencial en el afore correspondiente.
- Ir a la sucursal seleccionada al hacer la pre-solicitud y pedir la solicitud de disposición de recursos para retiro parcial por desempleo. Debes llenar la planilla y firmarla.
- Presentar el documento de identificación oficial y el Certificado de Desempleo emitido por el ISSSTE.
- Entregar todos los recaudos solicitados (estado de cuenta y otros).
- Afore será el organismo encargado de procesar la solicitud de acuerdo al régimen de pensión al que pertenezca. Si perteneces a cuentas individuales obtendrás un equivalente a 75 días de sueldo básico o 10% del monto acumulado en los últimos 5 años. Si perteneces al Régimen Décimo Transitorio debes tener un 10% del monto en tu cuenta de retiro.
Puntos importantes
- El reglamento de pensiones que determina los fondos de la cuenta individual que el trabajador puede retirar está contenido en la resolución de pensiones emitida por el ISSSTE.
- Para los trabajadores sujetos a la regulación de pensiones del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, la totalidad de los fondos sólo podrá ser retirada cuando el trabajador cobre una pensión o cumpla los 65 años de edad. El trabajador ha alcanzado la edad de 65 años. En este caso, no se aplica la desautorización de la pensión.
- En el caso de las pensiones otorgadas bajo la disposición de cuenta individual de la Ley del ISSSTE, los fondos de la cuenta individual que no se pagan al trabajador se utilizan para financiar la pensión a través de una renta vitalicia contratada con una compañía de seguros o un retiro programado contratado con una AFORE.
- En el caso de las cuentas individuales cuyos fondos están depositados en el Banco de México (cuentas con PENSIONISSSTE en el Décimo Régimen Transitorio), el pago de los fondos podrá realizarse en 30 días hábiles.
Fuente: Consar.